2026
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Cuánto se cotiza en 2026: lo que cambia para autónomos y empresas

Fuente: BOE-A-2026-7296 Publicado: 31 de marzo de 2026 En vigor desde: 1 de enero de 2026

Cada año, una orden ministerial fija cuánto hay que cotizar a la Seguridad Social — tanto si eres autónomo como si tienes empleados. La de este año ya está publicada, así que te resumimos lo importante sin la letra pequeña.

Si eres autónomo (RETA)

Sigues cotizando según una tabla de tramos según lo que realmente ganes (el sistema que se implantó hace unos años), no una cuota fija para todos. Los límites de esa tabla para 2026 son:

Base mínima (tramo más bajo)
653,59 €
al mes, en la tabla reducida
Base mínima (tabla general)
950,98 €
al mes, tramo más bajo
Base máxima
5.101,20 €
al mes, igual que en el Régimen General

Tu cuota concreta depende de en qué tramo de ingresos reales caigas — cuanto más declares ganar, más alto es el tramo y más se paga. A esto se suma un 1,30% por contingencias profesionales (protección por incapacidad) y un 0,90% adicional por el "mecanismo de equidad intergeneracional", que ya venía de años anteriores.

Si tienes empleados (Régimen General)

El tipo general por contingencias comunes se mantiene en el 28,30% del salario cotizable, repartido así:

Aporta la empresa
23,60%
Aporta el trabajador
4,70%

A esto se suma el 0,90% del mecanismo de equidad intergeneracional (0,75% empresa / 0,15% trabajador), más los tipos de desempleo, FOGASA y formación profesional, que no cambian respecto al año anterior. La base máxima de cotización sube a 5.101,20 € mensuales, y la mínima varía según la categoría profesional del puesto (desde 1.435,20 € hasta 1.989,30 € al mes para los grupos superiores).

En la práctica: si eres autónomo, revisa en qué tramo de ingresos reales estás declarando — si tu actividad ha cambiado este año, puede que te convenga ajustar tu base. Si tienes empleados, comprueba que la nómina de enero en adelante ya refleja estas bases actualizadas.
Resumen elaborado a partir de la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, publicada en el BOE nº 79. Puedes consultar el texto oficial completo en boe.es.

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